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¿Pueden los empleadores revisar el correo electrónico de los trabajadores?.

A raíz de una sentencia de gran difusión pública, desde hace algunos días circulan noticias del estilo “Corte Suprema ratifica que empresa puede revisar correos de trabajadores”, “Corte Suprema autoriza la inspección de los e-mails” y otras similares, pero no es eso lo que dice el fallo realmente.

El caso al que se refiere partió cuando la conocida empresa de encuestas CADEM despidió a una trabajadora que se desempeñaba como “directora de campo”, y que conocía tanto la metodología del trabajo, a los encuestadores y también la manera de realizar la recopilación de la información, argumentando que ella había traspasado esa información a su hija, que trabajaba en un proyecto de investigación en la Universidad de Chile, y a una empresa competidora de CADEM llamada Brújula. Leer más

Respuesta de un (paranoico) realista sobre “monitoreo” de redes sociales

Hace un par de días, y a propósito del monitoreo de las redes sociales que hace el Gobierno en Internet, leí la columna “Carta abierta a un (paranoico) usuario de redes sociales”. El autor es un profesor de teoría constitucional que centra su argumentación en afirmar que se trata de una situación “enteramente legal”, porque no la castiga expresamente el Código Penal, y que escribir comentarios en Twitter y Facebook es equiparable a formular opiniones políticas públicas en una plaza. Ah, y que el que no lo entiende de esa manera adolece de un estado mental delirante.

Afortunadamente poco y nada de lo anterior es atendible, por razones muy sencillas.

Imagine que efectivamente usted está conversando en una plaza pública ¿tiene entonces el Gobierno el derecho de instalar cámaras para registrar sus conversaciones y la de los intervinientes?.
Lo pregunto de otra manera, ¿se comporta la gente de forma normal cuando sabe que está siendo grabada?. Leer más