Skip to main content

Reforma a la ley de protección de datos: un buen proyecto con un mal presagio

Probablemente esta columna será más larga de lo habitual, pero es que el asunto a tratar no es baladí: de hecho podría constituirse en uno de los más significativos avances en derechos fundamentales de nuestra actual democracia.

El pasado 13 de marzo de 2017 la Presidente Bachelet, en un acto público realizado en el salón Montt–Varas del Palacio de la Moneda, firmó el proyecto de ley (Boletín 11.144) que reforma en su totalidad la Ley N° 19.628, llamada de protección de la vida privada (no crea que le protege de algo), generando un cúmulo de expectativas y alcances que hay que explicar. Leer más

El Estado y la protección de datos de comunicaciones. Visita del Prof. Dr. Wolfgang Zankl.

El 23 de noviembre de 2009 dictó una conferencia en la Universidad Adolfo Ibáñez el Prof. Dr. Wolfgang Zankl, del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de Viena, quien abordó temáticas relativas a la protección de datos, la libertad en las comunicaciones y la seguridad del Estado.

En concreto, se refirió a la Directiva de Europa sobre la conservación de datos generados en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público (Directiva 2006/24/CE), y sus evidentes peligros para el sistema de libertades y de derechos fundamentales, ejemplificando lo crítico del asunto con la vigilancia de la ubicación espacial de los teléfonos móviles, lo que permite reconstruir todo el entramado de relaciones sociales de las personas, obteniendo perfiles detallados de cada una de ellas.

Sostiene Zankl, y no creo que haya disidencias al respecto, que una medida de tanta entidad como la aplicación de medidas de revisión de los datos generados por las comunicaciones de las personas, debería reservarse para la persecución de delitos terroristas, y no de los delitos en general como ocurre en la práctica. Lo anterior es consecuencia precisamente de una falencia de la Directiva: ella tiene por objeto manifiesto la persecución de delitos graves, pero no define cuáles son, lo que se traduce en que cada país interprete a su arbitrio el asunto. Leer más