Esta columna trata sobre protección de datos personales, pero no desde la perspectiva de los derechos fundamentales, sino desde su dimensión técnico-jurídica más aplicada. Así que hago una advertencia desde el comienzo: si no trabajas en estos temas —o no tienes especial interés profesional en ellos— este puede ser un buen punto para desertar. Prometo no ofenderme. De hecho, te recomiendo ir a buscar otras de mis columnas, que sí están pensadas para público general.
Hace un par de días, una colega —muy capaz y entusiasta— me escribió con toda naturalidad: “¿Me puedes mandar un modelo de evaluación de impacto en protección de datos?”. Y hace menos de un mes, el Banco de Chile estaba contratando gente que supiera Excel (“imprescindible”) para, entre otras cosas, realizar evaluaciones de impacto en protección de datos.
Así que partamos por lo básico: la Evaluación de Impacto en Protección de Datos (EIPD) es un proceso estructurado de análisis y gestión de riesgos destinado a identificar, evaluar y mitigar los posibles efectos adversos que un tratamiento de datos personales puede tener sobre los derechos y libertades de las personas. Leer más
