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Si uso a escondidas la conexión wifi de mi vecino, ¿estoy cometiendo un delito?

Hoy he recordado que hace varios meses me escribió una periodista de un diario de circulación nacional para, luego de plantearme un caso ocurrido en Reino Unido, preguntarme ciertas cuestiones que le preocupaban respecto de Chile.

El caso era el siguiente, explicado con sus palabras:

«… en Inglaterra detuvieron a un joven que usó sin autorización la red Wi-Fi de su vecino. El dueño de la conexión tenía sospechas y lo denunció. La policía llegó a la casa del joven y lo interrogó por varias horas. Diez días después le enviaron una carta diciendo que no se tomarían acciones legales en su contra. El padre del muchacho dijo que haría un reclamo formal acusando a las autoridades de detención ilegal…»

Y las preguntas estaban orientadas a sobre qué pasaría si una situación similar ocurría en nuestro país, si se cometía un delito o no, si era un “robo” y si se podían llevar detenido a alguien por esto, si era equivalente a “colgarse” del tendido eléctrico, etc.

Y la respuesta para mis escasos, pero muy distinguidos lectores, es la siguiente: en Chile no existe el delito de hurto de servicios de telecomunicaciones. Leer más

La traición del Consejo para la Transparencia

El Consejo para la Transparencia ha comunicado al Servicio Electoral (SERVEL) que en aras de la transparencia no puede seguir vendiendo datos personales, sino que debe entregarlos gratuitamente a quién se los solicite.

Recordemos que, como se ha denunciado hasta la saciedad, el Servicio Electoral durante años ha desarrollado una actividad económica no autorizada por ley, consistente en la venta de los datos que los chilenos les hemos entregado para el sólo efecto de ejercer el derecho a sufragio, que incluye información sobre domicilios, números únicos de identificación, discapacidades, etc.

Mención especial merecen los datos sobre profesión u oficio, que permiten inferir, entre otras cosas, el rango de remuneraciones de las personas y tendencias de consumo, cuestión de gran importancia para instituciones comerciales y financieras, aunque al final del día la verdad es que este tipo de información no sirve para extender o restringir el derecho de sufragio.

Y qué decir de los ya señalados datos sobre discapacidades, esto es, datos sensibles que la ley ordena proteger especialmente dada su potencialidad para ser, por sí mismos, foco directo de discriminaciones odiosas y arbitrarias. Leer más

Yo, el «Padre Joven» del Derecho Informático en Chile

En abril pasado, en un Simposio realizado en San José de Costa Rica sobre Redes Sociales y Derecho, el organizador me presentó como “Carlos Reusser, padre joven del Derecho Informático en Chile”.

Enrojecí con una mezcla de pudor, risa y vergüenza, pues lo consideré una denominación entre desmedida y cómica, ya que de joven no me queda ni el espíritu y de “padre” de una disciplina jurídica, más encima en una especie de embarazo adolescente…

Más tarde me puse a pensar qué cosas podían haber llevado a Juan Diego Castro (en la foto), a quien no conocía personalmente, a llamarme de esa manera.

Claramente no soy el pionero en la materia en Chile, pues ello es mérito de los Sres. Hajna, Lagreze y Muñoz en 1989, ni tampoco el autor más sólido en el área, como si lo es Ruperto Pinochet Olave, ni el más destacado de los docentes, como Lorena Donoso Abarca, entonces, ¿por qué sería yo el “padre joven”? (que si, que si, que hay varios otras personas dignas de mención, pero es que no estoy haciendo un listado).

Si desentraño un poco el asunto, lo de “joven” es una cuestión generacional: quien me asignó el mote se interesaba en temáticas de informática jurídica cuando yo tenía 10 años (1984), en cambio quien escribe se incorporó a un centro de informática jurídica recién en 1996, cuando era estudiante de pregrado de Derecho. Leer más

Precursores del Derecho Informático en Chile

Mientras recorría una feria de libros usados en los alrededores de la Municipalidad de Providencia, he encontrado el que creo que es, sin lugar a dudas, el texto pionero en Chile de las temáticas de Derecho y tecnologías de la información.

Se trata de Derecho e Informática, publicado por el Instituto Profesional de Santiago (hoy Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM) en el año 1989 y escrito por los señores Eduardo Hajna Rifo, Félix Lagreze Byrt y Patricio Muñoz Navarro.

Aunque el prólogo me causó repelús por ser una especie de panegírico presentado por el ex Ministro de Pinochet, Hugo Rosende Subiabre, respecto de la obra modernizadora de la dictadura, el contenido no deja de ser interesante.

La mitad de sus páginas está dedicado al tema en boga de la época, aun cuando en Chile no existían publicaciones al respecto: la Informática Jurídica, pero también hay otras cuestiones más de avanzada aún como son los sistemas expertos jurídicos y sus todavía incumplidas proyecciones (las “máquinas de decisión jurídica automatizada”, por llamarles de un modo más gráfico). Leer más

Piratería de productos y encantadores de serpientes

En la edición de El Mercurio del martes 22 de diciembre pasado, Alex Pessó Stoulman, gerente legal de Microsoft Chile, presenta a los lectores un encantador sofisma al afirmar que, como consecuencia de la piratería de productos, la industria deja de percibir US$ 330 millones. Reproduzco parte de sus postulados:

Hace unos días, la Business Software Alliance anunció que sólo durante el período de compras navideñas esta industria dejará de percibir una cifra cercana a los US$ 30 millones producto de la piratería. Monto que calculado anualmente asciende a unos US$ 200 millones.

En el caso de la industria editorial, sus pérdidas superan los US$ 25 millones anuales, mientras las industrias musical y cinematográfica se ven afectadas por montos que bordean los US$ 30 y US$ 70 millones al año, respectivamente. Leer más

El Estado y la protección de datos de comunicaciones. Visita del Prof. Dr. Wolfgang Zankl.

El 23 de noviembre de 2009 dictó una conferencia en la Universidad Adolfo Ibáñez el Prof. Dr. Wolfgang Zankl, del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de Viena, quien abordó temáticas relativas a la protección de datos, la libertad en las comunicaciones y la seguridad del Estado.

En concreto, se refirió a la Directiva de Europa sobre la conservación de datos generados en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público (Directiva 2006/24/CE), y sus evidentes peligros para el sistema de libertades y de derechos fundamentales, ejemplificando lo crítico del asunto con la vigilancia de la ubicación espacial de los teléfonos móviles, lo que permite reconstruir todo el entramado de relaciones sociales de las personas, obteniendo perfiles detallados de cada una de ellas.

Sostiene Zankl, y no creo que haya disidencias al respecto, que una medida de tanta entidad como la aplicación de medidas de revisión de los datos generados por las comunicaciones de las personas, debería reservarse para la persecución de delitos terroristas, y no de los delitos en general como ocurre en la práctica. Lo anterior es consecuencia precisamente de una falencia de la Directiva: ella tiene por objeto manifiesto la persecución de delitos graves, pero no define cuáles son, lo que se traduce en que cada país interprete a su arbitrio el asunto. Leer más