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Caso MINSAL: ¿Chile va a proteger tus datos personales?

Tal como ha revelado Ciper Chile, una falla de seguridad informática en el Ministerio de Salud redundó en un caso de vulneración de derechos en nuestra era tecnológica nacional: datos personales de miles de personas que incluían su nombre, número único de identificación (el RUN), domicilio, casos médicos, medicamentos utilizados, etc. quedaron por meses expuestos al potencial libre conocimiento por parte de los miles de empleados que tienen acceso a la red informática del Ministerio de Salud (Minsal), con acceso incluso desde fuera de los centros de salud y a lo largo de todo el país.

Especialmente relevante es la exposición en que quedaron las personas con datos sobre VIH, que desarrollaron cáncer, que tienen problemas de salud mental o sufrieron procedimientos de aborto. Leer más

El rapto del proyecto de ley de protección de datos personales

Hay días en que las noticias son tristes, pero cuando afectan innecesariamente los derechos fundamentales de las personas, también son amargas.

Se los explico en detalle: como ustedes bien saben, hace mucho que los países descubrieron que el procesamiento automatizado de datos personales y el tráfico de los mismos, destruye el sistema de derechos fundamentales, haciendo vulnerables a las personas en su día a día.

¿Cómo ocurre eso?. Pues simple: de poco o nada sirven los derechos de las personas establecidos en forma grandilocuente en las Constituciones Políticas si determinadas personas, empresas e instituciones, gracias a la informática y el tráfico de los datos personales o una conexión a Internet, creen saber algo de ti y toman una decisión arbitraria a tu respecto. Entonces, ¿de qué sirve tener el derecho al trabajo, a la salud, a la vivienda o a la educación si cualquiera, creyendo saber algo de ti (que no te dice qué es ni de donde lo obtuvo), y aprovechándose de una legislación defectuosa, declina contratarte, te rechaza en la Isapre, decide no arrendarte un lugar para vivir o no permitir que tus hijos ingresen a un colegio?. Leer más

Chile y el derecho al olvido

Hace algunos días, y haciéndose eco de una discusión de otro continente, un grupo de senadores presentó un proyecto destinado a reconocer en nuestro país el “derecho al olvido”.

¿Es un derecho nuevo?.

No, en absoluto. De hecho ese derecho ya existe en nuestra tortuosa ley de “protección de la vida privada” (no se engañe, no crea usted que le va a proteger de algo), aunque no tiene ese nombre y no es otra cosa que el derecho de obtener de quien controla algún determinado dato personal nuestro, su eliminación.

Me explico: aunque no lo crea, usted tiene el derecho a decidir qué datos de sí mismo pueden divulgarse y la forma en que pueden ser utilizados. La única forma de “saltarse” su autorización es que exista una ley que así lo establezca. Por ejemplo, los datos sobre ciertos tipos de deudas son tratados y comercializados por empresas, como DICOM, solo porque la ley le permite hacerlo sin nuestro consentimiento. Leer más

Ilícitos de protección de datos: la captura de datos de niños en las clínicas de Chile

2013-08-12 15.04.53El asunto es simple, lo he visto en la Clínica Santa María y en la Clínica Las Condes, y no tengo razones para creer que no se repite en otras instituciones que utilizan el sistema i-Med de verificación de identidad: se hace enrolar a niños mayores de 6 años en el sistema (“ponga el dedito aquí”) y automáticamente con ello celebran un contrato por el cual una empresa se apropia ilícitamente de los datos personales de nuestros hijos.

Lo explico con más detalle:

Como el lector sabe, desde hace algún tiempo los centros de salud ya no venden “bonos de atención de salud” de la forma tradicional, sino que las ISAPRE de un día para otro decidieron que bastaba poner el dedo en un lector de huellas dactilares y pagar el precio, sin necesidad de acreditar identidad de otra forma. Leer más

La traición del Consejo para la Transparencia

El Consejo para la Transparencia ha comunicado al Servicio Electoral (SERVEL) que en aras de la transparencia no puede seguir vendiendo datos personales, sino que debe entregarlos gratuitamente a quién se los solicite.

Recordemos que, como se ha denunciado hasta la saciedad, el Servicio Electoral durante años ha desarrollado una actividad económica no autorizada por ley, consistente en la venta de los datos que los chilenos les hemos entregado para el sólo efecto de ejercer el derecho a sufragio, que incluye información sobre domicilios, números únicos de identificación, discapacidades, etc.

Mención especial merecen los datos sobre profesión u oficio, que permiten inferir, entre otras cosas, el rango de remuneraciones de las personas y tendencias de consumo, cuestión de gran importancia para instituciones comerciales y financieras, aunque al final del día la verdad es que este tipo de información no sirve para extender o restringir el derecho de sufragio.

Y qué decir de los ya señalados datos sobre discapacidades, esto es, datos sensibles que la ley ordena proteger especialmente dada su potencialidad para ser, por sí mismos, foco directo de discriminaciones odiosas y arbitrarias. Leer más

El Estado y la protección de datos de comunicaciones. Visita del Prof. Dr. Wolfgang Zankl.

El 23 de noviembre de 2009 dictó una conferencia en la Universidad Adolfo Ibáñez el Prof. Dr. Wolfgang Zankl, del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de Viena, quien abordó temáticas relativas a la protección de datos, la libertad en las comunicaciones y la seguridad del Estado.

En concreto, se refirió a la Directiva de Europa sobre la conservación de datos generados en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público (Directiva 2006/24/CE), y sus evidentes peligros para el sistema de libertades y de derechos fundamentales, ejemplificando lo crítico del asunto con la vigilancia de la ubicación espacial de los teléfonos móviles, lo que permite reconstruir todo el entramado de relaciones sociales de las personas, obteniendo perfiles detallados de cada una de ellas.

Sostiene Zankl, y no creo que haya disidencias al respecto, que una medida de tanta entidad como la aplicación de medidas de revisión de los datos generados por las comunicaciones de las personas, debería reservarse para la persecución de delitos terroristas, y no de los delitos en general como ocurre en la práctica. Lo anterior es consecuencia precisamente de una falencia de la Directiva: ella tiene por objeto manifiesto la persecución de delitos graves, pero no define cuáles son, lo que se traduce en que cada país interprete a su arbitrio el asunto. Leer más