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El derecho al olvido llegó a Collipulli. Análisis de una sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

En el año 2013, el señor N se vio involucrado en un accidente de tránsito en Collipulli que dio origen a una investigación penal. Con el paso del tiempo, dicha investigación concluyó mediante un sobreseimiento definitivo: el proceso se cerró sin que se estableciera responsabilidad penal alguna de su parte. Jurídicamente, el asunto quedó zanjado.

Pero no ocurrió lo mismo en el mundo digital.

Diversos medios electrónicos mantuvieron disponibles las noticias relativas al accidente y, como suele suceder, esas publicaciones continuaron reapareciendo cada vez que se ingresaba el nombre del señor N en el buscador de Google, gracias a la persistente labor de indexación del motor de búsqueda.

En 2023, ya una década después de los hechos y con la causa penal completamente cerrada, el señor N solicitó a los medios de comunicación la eliminación de dichas publicaciones y, a Google, la desindexación de los enlaces correspondientes, argumentando que su permanencia estaba afectando de manera grave y concreta su vida social y laboral.

Ante la ausencia de una respuesta efectiva, recurrió a la Corte de Apelaciones de San Miguel mediante una acción de protección (rol 3381-2023). Alegó que la subsistencia indefinida de esa información lesionaba su honra, interfería en su vida privada y lo mantenía expuesto, sin límite temporal alguno, a hechos pasados carentes de relevancia actual. Leer más

Cuando Excel no suma: por qué tu RAT necesita ser más que una planilla de cálculo

Si usted, estimado lector, no se dedica profesionalmente a asesorar a organizaciones en la implementación de estándares de protección de datos, le sugiero detener aquí la lectura y emplear su tiempo en asuntos más gratificantes. Esta columna, a diferencia de otras que suelo escribir, es deliberadamente técnica… y, al mismo tiempo, un pequeño divertimento nacido de mi profunda aversión a las planillas Excel.

Antes de continuar, conviene aclarar qué es exactamente este RAT del que hablamos. No es un roedor, sino que el acrónimo de Registro de Actividades de Tratamiento (RAT), que es el documento que toda organización debería mantener para mapear, con rigor y detalle, cada operación que realiza con datos personales. ¿Recoges correos electrónicos de tus clientes? RAT. ¿Procesas nóminas de empleados? RAT. ¿Almacenas historiales médicos? Definitivamente, RAT. Leer más

Mencionar a alguien en redes sociales, ¿es una operación de tratamiento de datos?

Vivimos bajo una paradoja: mientras navegamos por redes sociales con la sensación de ejercer nuestra libertad sin costo alguno, nos convertimos en la mercancía principal del mercado de datos personales. Cada publicación, cada «Me gusta», cada simple búsqueda se transforma en datos comercializables que alimentan perfiles de consumo cada vez más sofisticados.

Sin duda, la información personal se ha convertido en la divisa del siglo XXI; cuando cerramos sesión en un computador, ya hemos dejado tras nosotros un rastro digital que paga con largueza el importe de los servicios utilizados, aunque no nos lo expliquen de esa manera.

Todo ello se amalgama con la demás información de nuestro perfil de usuario que las plataformas obtienen de otras fuentes y que venden o explotan sin que, muchas veces, medie una genuina comprensión por nuestra parte de lo que estamos entregando.

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De la calle a lo digital: por qué la seguridad pública (tecnológica) debe estar en la Constitución

La Fundación Encuentros del Futuro pidió a un grupo de expertos imaginar iniciativas de muy diverso tipo en materia de seguridad pública, pensando en el Chile del año 2050. Motivado por esa invitación, elaboré cuatro propuestas, y aquí les presento la primera: incorporar en la Constitución la seguridad pública como un derecho fundamental de los chilenos, estableciendo la obligación estatal de garantizar entornos seguros apoyados en sistemas tecnológicos.

Durante décadas hemos discutido —por muy buenas razones— sobre derechos fundamentales: educación, salud, vivienda, libertad de expresión. Pero, frente a los avances tecnocientíficos, resulta evidente que hay un derecho que ya no puede seguir ausente: el derecho a la seguridad pública. Leer más

¿Y si la Contraloría estuviera acusando a funcionarios públicos con pruebas ilícitas?

El 5 de agosto de 2025 la Contraloría General de la República envió a los jefes de servicio de todo el país unas listas muy peculiares: los nombres de los funcionarios públicos que habrían asistido a casinos de juego mientras estaban con licencia médica. La instrucción es clara: iniciar de inmediato “los procedimientos administrativos de rigor, destinados a determinar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades comprometidas en estos hechos”.

Hasta ahí, todo parece una forma de combate a la corrupción administrativa, pero surge una pregunta obvia: ¿por qué la Contraloría tiene un listado de quienes visitan los casinos? ¿Y de dónde lo sacó?

La respuesta viene en el mismo oficio: esos registros fueron facilitados por la Superintendencia de Casinos de Juego. Y ahí fue cuando me cayó la teja: parece ser que estamos ante prueba ilícita, es decir, información obtenida vulnerando derechos fundamentales. Leer más

La Contraloría General de la República y el control de asistencia biométrico: una fórmula cara e ilegal

El 22 de julio de 2025, la Contraloría General de la República emitió el Oficio N° E123145, ordenando a los servicios públicos modernizar sus sistemas de control de asistencia. Entre las opciones propuestas se incluyen tarjetas electrónicas, aplicaciones móviles y sistemas biométricos, como huellas digitales o reconocimiento facial.

Pues bien, al menos en lo que respecta a la biometría, mi consejo es claro: no siga esa instrucción, pues va a perjudicarle. Hacerlo no solo expone al servicio a pérdidas económicas, sino que pone en serio riesgo el cargo de su jefe superior. Veamos por qué. Leer más